miércoles, 16 de enero de 2008

Montesquieu, Liberalismo y el Legado Para los Pueblos Americanos


Ya es conocida la imposibilidad de trazar líneas de continuidad en el tiempo, procesos que logren trascender, que pese a las constantes transformaciones e inconsistencias teóricas sean más que razones sentimientos, convicciones y por qué no hasta necesidades humanas que tras una introspección histórica las encontremos como motivos de la acción social, de las demandas colectivas que en distintos lugares y periodos se han desarrollado, donde el fin es el bienestar, la justicia y la verdad; la satisfacción individual, a la que se la ha visto como un fin en si mismo y se la a opuesto con la satisfacción colectiva o universal, cuando en definitiva son parte de una misma búsqueda y que es la búsqueda de libertad, la búsqueda de la no dependencia, de la autosuficiencia, la que ha estado implícita en las causas de los conflictos, las guerras y las revoluciones. Es ilustrativo el reconocimiento de estas grandes ideas que se han transformado en instituciones mundiales, que han sabido mantenerse y consolidarse; reconocer a sus autores intelectuales y políticos, sus influencias y repercusiones sociales y culturales, son parte del entender el proceso humano en el que nos encontramos y en el que nos hemos encontrado envueltos, cristalizan nuestro conocimiento y expanden nuestro marco instrumental a la hora de intervenir como actores que somos en este mundo en construcción constante; ideas como la igualdad, la verdad, la libertad, la justicia, la fraternidad, la identidad, la integridad; son todas parte de estas instituciones de valor, las mismas que han inspirado nuestro accionar político y las que han legitimado a las más grandes atrocidades. A partir de todo lo anterior y ante la necesidad de síntesis, reduciendo el estudio a uno de los autores intelectuales de estas ideas y a las influencias de las mismas en la creación y transformación de los estados modernos, me he decidido por evocar el pensamiento del barón de Montesquieu, hijo del iluminismo francés, precursor del liberalismo y de la doctrina de la división de poderes del estado; estructura constitutiva del moderno estado nacional y directriz política para los fundadores de los estados americanos; ideas plasmadas en sus debates, pensamientos y constituciones políticas, ideas que sin duda han dado nacimiento a las mismas ideologías modernas y con ellas a las mismas revoluciones, a este proceso continuado y distintivo de la historia moderna al que se le ha llamado emancipación del hombre y de sus instituciones, secularización, búsqueda de autonomía personal e institucional; proceso y pensamiento que se mantienen vivos y globalizados, porque la modernidad esta viva, porque es en el propio sentido moderno donde hay espacio para la multiplicidad teórica, para los distintos paradigmas, para la heterogeinedad de discursos, instituciones y metodologías, de culturas e historias, para el mismo postmodernismo; es este el objeto moderno, el romper con los esquemas lineales que no permitían salir al hombre de su minoría de edad, porque justamente eran las alternativas de pensamiento e información las que se tenían vedadas y a las cuales debía acceder el hombre moderno, para sin dogmas y prejuicios, decidir libremente entre el todo y con tolerancia y aceptación de lo distinto y contradictorio ya que si no se puede alcanzar la verdad al menos de esta forma el hombre moderno estará más seguro de su elección, la que descansa en la propia y autónoma voluntad, la cual ha decidido sobre la gran variedad de alternativas; esta idea colectivista para la obtención de conocimiento es más que una teoría epistemológica y ontológica, es la idea central en el método democrático, en la política revolucionaria, aquella que busca cada ves mayor participación ciudadana, quienes a través de esta luchan por sus ideales e intereses personales y colectivos, los cuales son ni más ni menos que la realización del hombre moderno, del hombre ilustrado, de quien desea si no alcanzar la verdad al menos la justicia, el progreso y el bienestar de una sociedad que pugna entre lo local y lo universal, en un enfrentamiento que se traduce en el conflicto de identidad, de fraternidad; el último principio y anhelo moderno; último porque es el que aún no hemos completado y del cual el postmodernismo quiere prescindir; la libertad ha sido consagrada como un derecho y como un principio moral universal, lo mismo para la igualdad ante la ley, igualdad entre los hombres en cuanto humanos, esto es que sin hacer diferencias por motivos de raza, sexo, idioma, religión o nacionalidad; pero la identidad, el espíritu de cuerpo, la fraternidad de esta comunidad universal, el sentido de solidaridad, el que se encuentra solo en términos parciales, de forma declarativa y no efectiva e imparcial, enfrentada con las identidades nacionales, las que más que en apogeo se encuentran en decadencia ante el renacer de la identidad local, la étnica, la cultural y la trasnacional; aquella que se levanta como la verdadera nacionalidad; faltan modelos teóricos, ideológicamente admirables y económicamente fructíferos, que logran eficiencia política y se trascienda la coyuntura de transición, que logren la identificación de los estados con estas verdaderas comunidades, capaces de autogobernarse, las que en verdad son pequeñas y gigantes; la identificación de estas comunidades de individuos como parte de un todo, de una sociedad internacional con identidad e institucionalidad propia, aquella que reúne a la suma de las partes, es esta la otra parte de la identidad del hombre que se construye; el problema actual es por un lado la aparente centralización del poder en estados que no representan a las múltiples y heterogéneas comunidades culturales y económicas, las cuales deberían ser y son cada vez más autónomas y la falta de poder supranacional que haga efectivo los compromisos exteriores y que construya la identidad del hombre en cuanto hombre del mundo; de esta forma la identidad nacional se encuentra en una división que la parte en dos, por un lado se delegan lealtades a las identidades locales-culturales y por la otra se delegan lealtades a la identidad humana, la cual no reconoce fronteras.

La idea de este trabajo es lograr entender el nacimiento y la influencia de un pensamiento que a trascendido en el tiempo, llamado liberalismo, el cual ha estado ligado al nacionalismo, al individualismo, al capitalismo burgués y al constitucionalismo moderno; comprenderlo desde el pensamiento de uno de sus autores pioneros, en especial en referencia a la idea y práctica de la división tripartita de poderes, constitutiva del moderno estado nacional; dar cuanta de sus justificaciones y de sus críticas, de su evolución y perspectivas de futuro; con la finalidad de intentar de responder, si acaso es posible hablar de liberalismo como un medio o como un fin para la vida humana y si es este paradigma realmente emancipador o más que eso esconde un criterio ya conservador.

DESARROLLO

Montesquieu (1689-1755), su pensamiento está contenido en sus distintas obras, dentro de las cuales destaca “Cartas Persas”, “Causas de la Decadencia del Imperio Romano” y “El Espíritu de las Leyes”, su más célebre obra; fue un admirador de la Inglaterra moderna, la resultante de la revolución gloriosa, en donde los sucesores de Jacobo II firman y juran la “Declaración de Derechos” (1989), parte importante de la constitución inglesa; fue contrario al absolutismo monárquico, movimiento revolucionario que se manifestó en un aumento del poder parlamentario en contra del poder absoluto del rey, esto porque la burguesía aumentaba sus riquezas al tiempo que aumentaban sus ansias de poder, institucionalizadas en el emergente parlamento; fue también un gran expositor del liberalismo político, sobre todo en cuanto a la limitación del poder del estado (soberano) a favor de los individuos, de sus libertades y autonomías (burguesía), pensaba que las leyes derivan de la naturaleza humana por lo que se lo denominó como un clásico iusnaturalista laico (racionalismo); en sus tesis defendió el carácter empírico y natural de los gobiernos, pensaba que los climas y los entornos físicos-geográficos influían directamente sobre las culturas y estas eran favorables para distintas formas de gobierno, así los climas cálidos eran favorables para el despotismo, los fríos para los hombres de fuerza y los templados para la libertad; esta clasificación nos da cuenta de su positivismo metodológico, en donde existe una analogía entre las ciencias humanas y naturales y en donde la ciencia es el instrumento que conlleva al progreso; elabora también una nueva clasificación tripartita de las formas de gobierno; la monarquía, el gobierno de uno y en donde existen poderes intermedios como la nobleza y el clero, esta estaba regida por leyes fundamentales como las que permitían la estratificación social y su consecuente dinámica económica; la República, en donde el poder era ejercido por el pueblo, ya sea de forma colectiva en donde todos participan (democrática) o de forma parcial (aristocracia), en donde el poder es ejercido por unos pocos; el despotismo es el poder de uno solo pero en donde no hay poderes intermedios, es decir el mandato descansa en la sola voluntad del soberano, conforme a su capricho, sin leyes ni reglas; a esta última forma la condena rotundamente; cada forma está animada por un principio motriz, en la monarquía es el honor, producto de la estratificación social hereditaria; en la república es la virtud, producto del sacrificio individual en post del bienestar general y en el despotismo es el temor traducido como miedo de los súbditos hacia la ilimitada voluntad soberana del rey; dice que estas formas no son puras en la realidad, que existen formas mixtas de gobierno y da el ejemplo inglés, en donde existe una monarquía, representada por el rey; una aristocracia, representada por la Cámara de los Lores; una democracia, representada por la Sala de los Comunes y además existe un poder judicial autónomo. Creador de la tesis de la división de poderes, pensaba que el poder concentrado en un solo órgano excluía el control y revisión de su práctica ejecutiva, lo que posibilitaba el mal empleo del mismo; la centralización del poder favorece los excesos y tiende al despotismo y al absolutismo monárquico, al cual quería disolver por considerarlo abusivo y contrario al ideario iluminista al cual pertenecía; por esto divide el poder del estado en tres instituciones autónomas, basadas en igualdad de poder, libres y enmarcadas por la ley; parte de la tesis de la división de poderes de Looke, de hecho se le considera un continuador del mismo pero extrae de la física la teoría de los pesos y contra pesos para justificar la simetría de poder entre los tres órganos de estado; de esta forma considera indispensable la autonomía del poder judicial y su igualdad en poder con respecto al legislativo, el cual de forma autónoma se dedica a sancionar leyes, mientras que el anterior vela el cumplimiento de las mismas; el poder ejecutivo, también en igualdad de poder con respecto a los otros, es el encargado de determinar las directrices políticas generales del estado y es el poder que representa al estado ante el exterior; estos tres poderes se equilibran mutuamente y uno compensa al otro, en donde el poder controla al poder. Montesquieu más que desarrollar una doctrina describe el sistema político ingles y lo justifica; sistema que en el siglo anterior al que él escribió se había logrado mayor preeminencia para el parlamento, restando poder a la monarquía y constituyendo una Carta Magna, que además de contenedora de derechos individuales y fundamentales, estipulaba la división de las funciones políticas del estado. Es importante contextualizarse con el momento histórico en el que el autor desarrolla su doctrina; el Tratado de Westfalia (1648), el que puso fin a la guerra de religión que duró 30 años, estipuló la libertad de culto para las distintas unidades políticas, además ganaban estas unidades, con el Tratado, la primera soberanía en desmedro de los poderes del Sacro Imperio Romano Germano, este Tratado legitimó la idea de la libertad para la elección del culto y la libertad para hacer la guerra y la paz entre estas unidades pertenecientes al Sacro Imperio; para 1700 Gran Bretaña con su poderosa marina logra conquistar los mares, posición que le permite comercias más activamente con sus colonias en crecimiento; durante el siglo XVIII Inglaterra logra desplazar a Francia como la potencia hegemónica del equilibrio europeo; su revolución gloriosa, su revolución industrial y su progresiva liberalización política y económica le permitió ser pionera en la modernización de su estructura política y social, siendo ejemplo para las otras potencias y para el movimiento intelectual de la época, así como Francia lo había sido en el siglo XVII y España en el siglo XVI.

Con la Revolución Americana primero y con la Revolución Francesa segundo, comienza la era del constitucionalismo moderno y el definitivo ocaso del absolutismo monárquico, ambos movimientos de difusión mundial; el aporte religioso puritano y empirista de los sajones se vio plasmado en su primera declaración de derechos de 1620, estipulada en un barco de exilio que iba desde Inglaterra hacia Norteamérica, en esta declaración llamada Pacto de My Flower se constituiría la base política y moral sobre las cuales se estructurarían las relaciones entre los individuos y las comunidades en el nuevo continente, en esta consagraban el derecho a la libertad y el derecho a la vida como valores supremo entre los individuos, quienes eran iguales ante la ley, individuos que depositaban el origen de todo poder en la voluntad divina. En 1776 se declara la independencia en el Congreso de Filadelfia, la guerra se extiende hasta 1783, en la cual participa Francia y España y finaliza con la Paz de Versalles; se crea una confederación para la defensa común en 1777 y en 1778 se extiende y da paso al primer estado federal moderno, constitucional, republicano, presidencialista y democrático; el primero en incluir el derecho a la libertad y el ius resistendi (derecho a la resistencia ciudadana), de corte iusnaturalista, contractualista y fundador del moderno estado de derecho. El constitucionalismo es el gran legado de las doctrinas liberales, su esencia es la contención de los derechos fundamentales e inalienables del ser humano, estos incluso supremos frente al poder del estado, el cual se reorienta para la mantención y promoción de estos derechos, momento desde el cual comienza a hablarse de garantías; también el rol fundamental del constitucionalismo es la institucionalización del estado moderno, es el intento exitoso de racionalizar los poderes del estado, mediante la aplicación de la teoría de Montesquieu, donde se materializan los tres poderes, divididos y autónomos, despersonalizando al poder; ahora el estado está encapsulado en el derecho, es el estado al servicio de los intereses y objetivos de los constituyentes, quienes estructuran al estado para la defensa y promoción de sus libertades; dos aspectos del constitucionalismo; el formal, que es la organización política y social; y el material, que es el contenido de dicha organización, los criterios de justicia, libertad, igualdad, etc; el estado de derecho brinda seguridad jurídica; la constitución, máxima ley creadora del estado, se traduce en controles y garantías para las ciudadanos, quienes por medio del preámbulo estipulan las causas y los fines del estado.

En la Declaración de Derechos de Virginia de 1776 se hacen palpables las ideas liberales del iluminismo, se protege la igual autonomía individual de los hombres y a la vida con forma de contenidos pétreos e irrevocables, se protege a la propiedad privada y a la libertad de expresión; también se subordina el estado a la voluntad del pueblo y en su artículo V se estipula la división de poderes al estilo del Barón de Montesquieu; en el mismo dice; “Que los poderes legislativo y ejecutivo del Estado deben estar separados y diferenciados del judicial; y que para impedir que los miembros de los dos primeros incurran en opresión han de sentir las cargas del pueblo y participar de ellas, recuperando cada cierto tiempo su condición privada al volver al cuerpo del que procedían, supliendo las vacantes mediante elecciones frecuentes y regulares en las que, todos o parte de los antiguos miembros, podrán ser de nuevo elegibles o inelegibles, según lo que establezcan las leyes.”[1] En la primera Constitución de los Estados Unidos de América de 1787, lo que se hace es reafirmar la federación basada en la tranquilidad interior y en la seguridad común, se consagran los derechos y libertades como garantías para las generaciones venideras, se estructura la administración del estado en los tres poderes autónomos y simétricos, todos subordinados a la constitución, cada uno configurado en los primeros tres artículo, siendo un artículo para cada uno, los cuales se dividen en secciones; se establece el estado laico y soberano, así a modo de ejemplo, el artículo 6 inciso 2 dice: ”Esta Constitución, y las leyes de los Estados Unidos que se expidan con arreglo a ella, y todos los tratados celebrados o que se celebren bajo la autoridad de los Estados Unidos, serán la suprema ley del país y los jueces de cada Estado estarán obligados a observarlos, a pesar de cualquier cosa en contrario que se encuentre en la Constitución o las leyes de cualquier Estado.”[2] Se establece el control de constitucionalidad, la forma republicana de gobierno y las formas en que se puede enmendar el texto constitucional, estipulando la regla de las dos terceras partes de ambas cámaras, criterio que dará lugar al debate entre Madison, Hamilton y Jefferson, entre otros, quienes por un lado defienden el hecho de que ninguna institución, por muy importante que sea, es inalterable; ninguna ley, por muy fundamental que sea, es irrevocable; de este lado está Jefferson, quien también sostiene que una generación no puede someter a sus leyes a las generaciones futuras, que los muertos no tienen derechos y que las instituciones deben acompañar el progreso de las sociedades, debiendo estas avanzar y mantenerse al ritmo de los tiempos; por todo esto Jefferson no está de acuerdo con una constitución rígida, en un momento propone que la misma caduque cada ciertos años, en los que se supone, el pueblo ha cambiado. La organización del estado, la división de los poderes, es producto de una voluntad popular, la de la mayoría, la cual es la soberana y así como tuvo el poder para constituir una determinada forma de estado y unos determinados derechos y obligaciones, tiene esta también el mismo derecho para revocarlos y reemplazarlos por otros; es este el verdadero sentido republicano y es la base de la democracia; contrario sería si quitamos del terreno político una serie de temas, como lo es la división de los poderes y la estipulación de los derechos subjetivos, consagrándolos en un texto irrevocable o difícil de enmendar; coartando a la voluntad popular, a la democracia, al pueblo de autodeterminarse, siendo que ese mismo texto constitucional fue aprobado por la misma voluntad popular. Madison defiende la postura contraria apelando que las limitaciones constitucionales promueven la libertad y la democracia, contienen los principios y los derechos que hacen posible a un estado republicano y constituido por personas libres e iguales; la constitución es un instrumento de gobierno, no un obstáculo para el mismo; no incapacita, sino que capacita; no podemos estar discutiendo siempre todas las nociones que hacen posible a la sociedad, necesitamos de una estructura determinada sobre la cual trabajar y de esta forma poder ampliarla y superarla, de lo contrario estaríamos siempre igual, en el mismo debate del cual no podremos salir jamás; la constitución no esclaviza, por el contrario, libera a las generaciones futuras de lo que nosotros hemos superado; no podemos permitir que los poderes del estado vuelvan a quedar en las mismas manos, de ser así estaríamos permitiendo que se constituya la tiranía de la cual hemos escapado; no podemos permitir que se revoquen las cualidades naturales del ser humano, su irrenunciable derecho a la vida, a la libertad, a la propiedad; no le quitemos a nuestros hijos el progreso que hemos ganado con tanto sacrificio. Sin duda los argumentos de Madison se apoyan en el pensamiento de Montesquieu, pensamiento que terminaría por institucionalizarse en los Estados Unidos, modelo que sería utilizado un poco más tarde por los nacientes estados nacionales e independientes de América del Sur; donde la división de los poderes y la consagración de los derechos humanos serían la base institucional sobre la cual se levantarían sus pueblos e identidades nacionales.

CONCLUSIÓN

En la actualidad nos encontramos frente a una crítica generalizada de las instituciones modernas y al mismo tiempo están legitimadas por los mismos discursos que las vieron nacer; es indiscutible la publicidad que está teniendo la crisis de gobernabilidad que cae sobre los estados, la imposibilidad de hacer frente a problemas que escapan a sus competencias, las dificultades que se dan producto de las contradicciones entre los poderes del moderno Estado-Nación, en donde se exige una mayor coherencia de políticas entre los enfrentados poderes, donde se exigen políticas unificadas; demandas que se han traducido en el rompimiento de la simetría entre los tres poderes, creando modelos como los hiperpresidencialismos, los gobiernos de caudillos, los parlamentarismos mayoritarios, los gobiernos corporativistas y los internacionalizados; las cortes imparciales han sido removidas por cortes políticas, coherentes con las políticas económicas y con las circunstancias coyunturales. Vivimos tiempos en donde las constituciones ya no garantizan nada, las mismas son interpretadas de maneras muy amplias y hasta contradictorias, vemos que el poder judicial se reserva esta tarea y el cual se ha encontrado subordinado a esta súper figura que se presenta como el símbolo político y espiritual del pueblo, al cual se le han dado súper poderes y quien ha tenido a su mando no solo el poder judicial, sino también el legislativo; y aún así no logra gobernar de manera exitosa y es porque el estado como institución política se ha reducido para ceder su poder a instancias privadas, locales y mundiales; los poderes del estado se han disgregado en la realidad, aumentado la imposibilidad de gobernarlos, crisis que se ha traducido en una mayor centralización del poder formal, proceso simbólico que no tiene sustento empírico; las nacionalidades se pierden en identidades locales y transnacionales; étnicas y culturales; lo público sede ante lo privado y lo estatal se desquebraja ante lo supraestatal; el poder judicial ya no responde a ninguna soberanía nacional, el mismo se ha distorsionado causando su segregación; ahora el derecho penal descansa en los tratados internacionales de derechos humanos, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ya no interpreta y no dirime en última instancia ya que existe una Corte Interamericana de Derechos Humanos y un Tribunal Penal Internacional; el Poder Legislativo ya no sanciona leyes en materia comercial y financiera; este solo homologa lo que los organismos comerciales y financieros internacionales resuelven, sin mayores opciones; las organizaciones no gubernamentales reemplazan cada vez más a la voluntad popular; los poderes en lo formal tienden a integrarse debido a que en la realidad se diversifican cada vez más, haciendo declarativa y libre de interpretar el mismo texto constitucional. La libertad se ve condicionada por la interdependencia compleja; la autonomía de la voluntad encuentra límites en su misma conciencia y racionalidad, en su contexto histórico y cultural, en las mismas capacidades humanas, destrozando el principio de igualdad, el cual pone en situaciones idénticas a personas, instituciones y estados que en la realidad no lo son; poco a poco se deja ver la jerarquía y la mano invisible de un sistema ingenuo que hacía del fin el medio, porque la libertad y la igualdad son metas a las cuales se debe apuntar, pero que en la realidad lamentablemente no existen y que no podrán existir si se establecen como condiciones existentes en vez de cómo objetivos; no podemos lograr la igualdad partiendo de la igualdad o lograr la libertad partiendo de la libertad; así como una vez dijo Kant; “El hombre primero debe y luego puede y solo así conoce la libertad” [3]. Es decir que el deber es el medio y el fin es el poder conocer la libertad; el fin y el medio no son análogos; para llegar a la sima de la montaña no puedo partir de la misma sima, si quiero llegar a esa sima es porque estoy abajo. Es necesaria la redistribución consecuente de la propagación de la información, la que solo es posible satisfaciendo primero necesidades vitales, las cuales son obvias y las cuales en la mayoría del mundo no se dan.


[1] La fuente es la página oficial de Amnistía Internacional: http://www.amnistiacatalunya.org/edu/docs/e-hist-Virginia.html

[2] La fuente es la Página del Gobierno de los Estados Unidos: http://www.archives.gov/espanol/constitucion.html

[3] Para Kant la libertad es producto de la voluntad autónoma de los seres racionales, quienes obran de acuerdo a leyes categóricas metafísicas o morales.


BIBLIOGRAFÍA

  1. Anderson, MS. – La Europa del Siglo XVIII, México, FCE.
  2. Bidart, Campos, G. – Manual de Historia Política. Editorial Ediar
  3. Cohen, Félix. – El Método Funcional en el Derecho. Capítulo I: “El paraíso de los Conceptos Jurídicos”. Págs. 11/49.
  4. Constitución de los Estados Unidos de América. 17 de septiembre de 1787.
  5. Declaración de Derechos de Virginia. 12 de Junio de 1776.
  6. Hamilton. –1788- El Federalista Nº 78. Nueva York, de la Edición de McLean.
  7. Holmes, Stephen. – El Precompromiso y la Paradoja de la Democracia, en “Constitucionalismo y Democracia” de Elster Jon y Rune Slagstad, FCE.
  8. Kant, Immanuel - Fundamentación para la metafísica de las costumbres, Buenos Aires, Editorial Aguilar.
  9. Kennedy, David. -2005- El movimiento internacional de los derechos humanos ¿Parte del problema? Themis, vol. 48.
  10. Madison. -1787- El Federalista Nº 10, Nueva York, de el Correo de Nueva York.
  11. Nino, Carlos. –1988- Presidencialismo versus Parlamentarismo. Buenos Aires, EUDEBA.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Hola, muy interesante el post, muchos saludos desde Mexico!