jueves, 10 de enero de 2008

Otro problema que descansa en la discriminación; la inmigración.


Sin duda alguna la protección de los derechos humanos de los extranjeros es aún más ineficaz que la de los nacionales y esto como hemos visto se agrava en momentos de crisis y tensiones sociales e institucionales, momentos en los que aumentan los discursos xenófobos y las acciones violentas contra las colectividades inmigrantes; es menester recalcar el trato desigual entre los mismos inmigrantes por motivos de nacionalidad, raza o situación económica. A esto se le agrega la ineficacia de las normas tanto internas como externas de protección, las cuales se ven obstruidas en la practica por interpretaciones discrecionales, desacatos y falta de institucionalización competente para la plena realización normativa.

Es impresionante conocer las contradicciones que se dan en la maquinaria estatal en cuanto a la sanción y aplicación de normas al respecto, partiendo por la jurisprudencia contradictoria en la materia, por la falta de acatamiento por parte del legislativo en cuanto a la inconstitucionalidad de normas determinada por incluso la Corte Suprema, la indiferencia de la administración en cuanto a normas emanadas del legislativo y la falta de control frente a estas irregularidades por parte de la sociedad civil e incluso la manipulación de esta, la falta de autoridad, coordinación y coherencia entre los poderes nacionales y entre estos y los provinciales y municipales; notándose una suerte de anarquía jurídica y lo que es peor aún una lamentable falta de voluntad política, la cual al parecer se encuentra dividida y llamada a resolver sobre situaciones límites y ante apercibimientos internacionales y no gubernamentales.

El nivel de contradicción es tal que pareciera que los poderes del estado actúan de forma autónoma y con distintos criterios, así se hace inexplicable como un poder ejecutivo o un cuerpo diplomático puede suscribir tratados internacionales que luego el legislativo no ratifica y que en el caso de la ratificación la misma administración no hace efectivos, donde un poder judicial interpreta de diversas formas sin un criterio objetivo y donde al parecer los pronunciamientos de los organismos internacionales y las denuncias de las ONG´s luchan por afirmar una legitimidad que se hace formal, declarativa y carente de realidad.

El problema descansa en los conceptos axiológicos que una sociedad tiene de la cultura, la identidad y la nación, abstracciones que les fue impuesta por la educación y la tradición patriótica moderna, pilar artificial que luego de sus refutaciones se ha logrado mantener en el tiempo; creo que el problema escapa al derecho, ya que este desde el punto de vista objetivo ya conoce un criterio el cual está basado en la igualdad de derechos y obligaciones entre todas las personas humanas tanto humanas, es decir y como reafirman las normas imperativas del derecho internacional, no puede haber discriminación alguna por motivos de raza, sexo, idioma, religión u origen nacional; así lo afirman las distintas convenciones y declaraciones humanitarias y la misma Carta de las Naciones Unidas. Es por esto que el problema es cultural y como tal necesita de la mayor publicidad y exteriorización para crear un impacto de conciencia y un consecuente cambio de mentalidad, cosa que sin duda se hace, pero no desde el estado, el cual se muestra desde lo conservador hasta lo contradictorio y donde las organizaciones no gubernamentales y los organismos internacionales, repito, han tenido gran protagonismo en esta tarea emancipadora.

Si bien la nueva ley de migraciones en Argentina produce un gran adelanto en cuanto a la ley anterior legada de la dictadura la misma no solo es ineficaz como hemos dicho sino que también es incompleta, se necesita de mayores apercibimientos al estado en torno al otorgamiento de asilos, de acceso a personas de bajos recursos, incapacitadas e inmigrantes de todo tipo; lamentablemente encontramos en el mismo legislativo criterios discriminatorios y en la misma sociedad civil existe una concepción peyorativa sobre todo de los países con mayores tazas de población indígena siendo todo lo contrario hacia las personas de origen europeo o de culturas propiamente occidentales, esta realidad deja ver el racismo por sobre la xenofobia imperante en el pueblo y en muchas autoridades argentinas, situación común en muchos estados y realidad que el derecho ha tendido a eliminar por inhumana.

En cuanto a la discusión jurídica suelen encontrarse discursos que por un lado se sustentan en el humanitarismo, otros en la reciprocidad, otros en las capacidades económicas, otros en la conservación de una identidad nacional, etc. Lo que está claro es que existe una responsabilidad internacional sobre normas válidas y si su incumplimiento se fundamenta por alguno de estos discursos es independiente de la obligatoriedad de su observancia; lo que no me queda claro es lo que muchos estados hacen en sus reservas y que es el llamado principio de reciprocidad, si se puede aplicar este en el terreno de los derechos humanos y si es así de que forma se aplica y también en el caso de una crisis económica o de una falta de capacidad económica para hacer frente a los derechos consagrados no solo a los extranjeros, sino que a los nacionales, ya que rige entre estos el principio de igualdad ante la ley; lo que quiero decir es cuando el estado no tiene la capacidad económica de hacer efectivo sus propias normativas, caso que claramente no es el caso argentino pero si el de muchos otros países, como hacen estos para mantener el estado de derecho y no caer a una anarquía jurídica o a un formalismo del derecho donde el papel no se ve representado por la realidad humana. Será que el derecho esta subordinado al poder económico y que es necesario contar con este antes de diseñar y sancionar normas o será que el beneficio retórico de la aprobación y del mantenimiento de tales principios jurídicos trae mas beneficios que costos, ya que en la realidad no se implementa la maquinaria institucional que los materialice y el costo probable de la violación de estas normas sea menor a su implementación generalizada; son cuestiones centrales en la discusión pero está claro que en la jerarquía de los conflictos nacionales la inclusión igualitaria de la inmigración es una cuestión de último orden e incluso impensable en muchas sociedades y esto ya no es jurídico, es ético y cultural por lo que se hace necesaria la expansión de la educación, de la moral universal y de las actividades de las ONG´s y de los organismos internacionales.

1 comentario:

Unknown dijo...

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